Actualmente, como parte de las acciones de control que aplicará el Ministerio de Hacienda de Costa Rica, se implantará el Código CAByS. El término CAByS significa: Catálogo de Bienes y Servicios. El mismo está compuesto por 10 categorías y contiene más de 20.000 bienes y servicios categorizados. El CAByS es utilizado para la codificación de bienes y servicios que se comercializan en el mercado nacional. Los bienes y servicios que contiene podrán ser identificados con un código único de hasta 13 dígitos, lo que permite su individualización.
El CAByS fue elaborado por dos entidades: el Banco Central de Costa Rica (BCCR) y el Ministerio de Hacienda y el documento que los especifica se llama “Anexos y Estructuras V 4.3”, fue publicado el 22 de marzo del año 2019 y entrará en vigencia a partir del 1 de Diciembre del 2020.
La estructura actual de la factura electrónica responde a la versión 4.3, e incluye el espacio correspondiente para el uso del código CAByS. Esto significa, que este requerimiento no modifica la estructura de los comprobantes, más bien incentiva el uso de un elemento que ya se había establecido.
El citado el Catálogo puede consultarlo en la página de la Dirección de Control Tributaria.
¿Cuál es la función del CAByS?
El CAByS se establece para identificar la trazabilidad de bienes y servicios de forma agrupada, identificar productos con impuesto diferenciado, tener control sobre los bienes y servicios comercializados y para efectos de análisis estadísticos desarrollados por el Banco Central.
Uno de los beneficios de este código, además de categorizar, es que al asignarlos al producto o servicio ya trae consigo la información del % de IVA que se debe cobrar.
¿Qué necesita su empresa para cumplir con este nuevo requerimiento?
Ticopay recomienda a los empresarios, buscar información y capacitarse para entender mejor el alcance, la ruta a seguir y todas las implicaciones. Adicionalmente, es de suma importancia identificar adecuadamente la numeración correspondiente a cada uno de los bienes o servicios que su empresa comercializa.
Le aconsejamos usar los términos adecuados y evitar términos coloquiales para identificar productos y servicios. Si analiza con mucho cuidado todas las características, de lo que usted se dedica a comercializar podrá realizar el proceso adecuadamente. Si tiene alguna duda recomendamos consultar a la administración tributaria para evitar futuros problemas.
Es importante aclarar que el CAByS no contempla exoneraciones brindadas a contribuyentes específicamente. Tampoco los impuestos escalonados para varias actividades que empiezan a pagar a partir del 1° de julio, según los transitorios V, IX y XVII definidos en la Ley 9635.
Nuestro sistema de Facturación Electrónica muy pronto tendrá disponible el apartado para llenar el código CAByS, con el fin de facilitar todo el proceso de selección de la categoría del servicio y no tener que digitar o recordar el código cada vez que realice una factura.
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